Saltar al contenido principal
Herramienta gratuita — 2026

Calculadora de Finiquito y Liquidación

Calcule gratis el finiquito o liquidación laboral con la Ley Federal del Trabajo vigente. Incluye aguinaldo proporcional, vacaciones, prima vacacional, prima de antigüedad, indemnización por despido e ISR conforme a los artículos 93 y 95 de la LISR.

Respuesta rápida: Esta calculadora aplica la Ley Federal del Trabajo 2026. Obtenga su finiquito o liquidación con aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y prima de antigüedad al instante. Multi-trabajador, exportable a Excel, sin registro.

Según la STPS, más de 380,000 relaciones laborales terminan cada año en México. Los cálculos se basan en los artículos 47, 48, 50, 76, 79, 80, 87 y 162 de la Ley Federal del Trabajo; artículos 93 (frac. XIII-XIV), 95 y 96 de la LISR; y artículo 32 de la LIMSS.

Parámetros de cálculo

Ley: 15 días
Ley: 25%

Trabajadores (1)

$

Resultados aquí

Ingrese los datos del trabajador y presione Calcular. El reporte aparecerá con el desglose completo.

¿Qué incluye esta calculadora de finiquito?

Esta herramienta calcula el monto total del finiquito o liquidación conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente en 2026, incluyendo las disposiciones fiscales aplicables de la LISR para la retención del ISR sobre las percepciones por separación laboral.

Incluye

  • Aguinaldo proporcional (Art. 87 LFT)
  • Vacaciones proporcionales (Art. 76 LFT)
  • Prima vacacional 25%+ (Art. 80 LFT)
  • Prima de antigüedad (Art. 162 LFT)
  • Indemnización 3 meses + 20 días/año (despido)
  • ISR con exenciones Art. 93 frac. XIII-XIV LISR
  • Tasa efectiva Art. 95 LISR
  • Varios trabajadores simultáneos

Limitaciones

  • Estimación fiscal, no sustituye al contador
  • No incluye otras percepciones (bonos, comisiones, PTU)
  • No calcula concepto de retiro, cesantía o INFONAVIT
  • Última actualización: tablas ISR 2026 (DOF 28-dic-2025)
¿Renuncia o despido? Le explicamos finiquito vs liquidación paso a paso

¿Sugerencias o reporte de fallas?

Ayúdenos a mejorar esta herramienta.

Preguntas Frecuentes sobre Finiquito

Respuestas directas a las dudas más comunes sobre finiquito y liquidación laboral en México

¿Qué incluye el finiquito por renuncia voluntaria?

Salarios pendientes, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales y prima vacacional. La prima de antigüedad solo aplica si el trabajador tiene 15 años o más de servicio (Art. 162 LFT).

¿Qué diferencia hay entre finiquito y liquidación?

El finiquito aplica por renuncia voluntaria. La liquidación aplica por despido injustificado e incluye 3 meses de indemnización, 20 días por año trabajado y prima de antigüedad desde el primer año (Art. 48 y 50 LFT).

¿El finiquito paga ISR?

Sí, pero solo parcialmente. El aguinaldo está exento hasta 30 UMA ($3,394.20 en 2026), la prima vacacional hasta 15 UMA, y la indemnización por despido hasta 90 UMA por año de servicio (Art. 93 LISR). El excedente tributa a la tasa efectiva del último salario.

¿Cuántos días de aguinaldo me corresponden por ley?

La LFT establece un mínimo de 15 días de aguinaldo anual. Si trabajó solo parte del año, le corresponde la parte proporcional: (días trabajados / 365) × 15 × salario diario.

¿Cómo se calcula la prima de antigüedad?

12 días de salario por cada año trabajado, con un tope de 2 salarios mínimos diarios ($630.08 en 2026). En finiquito, aplica solo con 15+ años de servicio. En liquidación, aplica desde el primer año.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley en 2026?

Con la Reforma de Vacaciones Dignas 2023: año 1 = 12 días, año 2 = 14, año 3 = 16, año 4 = 18, año 5 = 20, años 6-10 = 22, 11-15 = 24, 16-20 = 26, 21-25 = 28, 26-30 = 30, 31+ = 32. La prima vacacional es del 25% sobre el salario de esos días.

¿Cómo se calcula la indemnización por despido injustificado?

La indemnización constitucional (Art. 50 LFT) incluye: 3 meses de salario integrado más 20 días de salario integrado por cada año trabajado. A esto se suma la prima de antigüedad y las partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones.

¿El finiquito paga IMSS?

No. Los montos del finiquito no forman parte de la base de cotización del IMSS. Sin embargo, el patrón debe dar de baja al trabajador, quien conserva derechos de atención médica por 8 semanas posteriores a la baja.

¿Necesita apoyo con la nómina de su empresa?

En BARAK CONTADORES le ayudamos a calcular, timbrar y enterar correctamente las obligaciones laborales y fiscales de su nómina.

Conozca nuestro despacho contable en Cancún.

Llamar